ITINÚltima actualización: 20 de agosto de 2026Founders Credit

ITIN siendo colombiano sin viajar a Estados Unidos

No hace falta visa, ni tiquete, ni cita en el consulado. El ITIN se tramita desde Bogotá, Medellín o desde donde estés, por correo o a través de un agente autorizado por el IRS. Lo que sí hace falta es armar bien el expediente, porque el IRS devuelve la mayoría de solicitudes colombianas por dos errores muy concretos y muy evitables.

W-7
El formulario que se diligencia
IRS, Application for Individual Taxpayer Identification Number
7-11 sem.
Plazo de tramitación que publica el IRS
Más lento entre enero y abril
0
Viajes necesarios a Estados Unidos
Correo postal o Certifying Acceptance Agent

Qué es el ITIN y hasta dónde llega

Es un número de identificación tributaria de nueve dígitos que emite el IRS para personas con algún vínculo fiscal con Estados Unidos que no pueden obtener un Social Security Number. Eso es todo: no es visa, no da permiso de trabajo y no te convierte en residente fiscal estadounidense. Tampoco reemplaza tu NIT ni tu cédula del lado colombiano.

Para un fundador colombiano sirve para cumplir con el IRS cuando te toca declarar allá y, sobre todo, para que un emisor de tarjetas de crédito personales en Estados Unidos te abra expediente y empiece a construirte historial. Un dato que ahorra meses de espera: el ITIN no se necesita para abrir la cuenta bancaria de la empresa. Eso se resuelve con el EIN de la LLC. Si estás esperando el ITIN para recién abrir la cuenta, tienes el orden al revés.

El pasaporte: donde se cae la mayoría de expedientes

El IRS exige acreditar identidad y nacionalidad extranjera, y el pasaporte es el único documento que hace las dos cosas por sí solo.

Una copia autenticada en notaría colombiana no sirve. El IRS acepta el pasaporte original, o una copia certificada por la autoridad que expidió el documento, que en Colombia es la Cancillería. La autenticación notarial, que aquí resuelve casi todo, en este trámite no cumple el requisito y provoca la devolución del expediente. Es el error número uno.

Las tres salidas reales:

La casilla del motivo, que hay que pensar

El W-7 obliga a marcar una razón para la solicitud. La regla general es que el formulario acompaña a una declaración federal estadounidense, y las instrucciones del formulario listan un conjunto cerrado de excepciones que permiten presentarlo sin declaración adjunta. Cuál aplica en tu caso depende de la estructura de tu LLC, de si genera renta de fuente estadounidense y de si hay retenciones de por medio. Marcar la casilla equivocada es motivo de rechazo, y un rechazo te devuelve al inicio de una espera de dos o tres meses. Que lo revise un CPA estadounidense antes de enviar nada.

El ángulo colombiano: sacar los dólares de la ruta cara

Hay una razón operativa que pesa más en Colombia que en Europa. Para un residente colombiano, mantener saldos en dólares dentro del país es bastante menos sencillo que en otros países de la región, y las operaciones en divisas están sujetas a un régimen cambiario con reglas propias sobre cómo deben canalizarse.

El resultado, para quien factura a clientes en Estados Unidos, es una cadena de costos: la plataforma de pago cobra su comisión, la entidad local cobra por recibir el giro, y el dinero se convierte a pesos al tipo de cambio del intermediario. Si después necesitas volver a gastar en dólares, pagas la conversión otra vez. Una cuenta empresarial estadounidense corta esa cadena: los pagos entran en dólares, se quedan en dólares y solo conviertes lo que vas a gastar en Colombia. Eso sí, no te exime de las reglas cambiarias y de información que apliquen a un residente colombiano. El ITIN no resuelve el flujo de dinero, resuelve el acceso al crédito: cómo encajan la LLC, el EIN, la cuenta y el ITIN está explicado a fondo en este artículo.

Errores frecuentes en solicitudes desde Colombia

La parte colombiana, que este artículo no resuelve

Ser socio de una LLC estadounidense abre preguntas del lado de la DIAN que no se responden con una regla general: cómo se califica esa renta, en qué momento se entiende realizada, qué descuento por impuestos pagados en el exterior aplica, qué información sobre activos en el exterior debes reportar y en qué umbrales, y cómo se canalizan las divisas según el régimen cambiario. Los criterios y los umbrales han cambiado en los últimos años y la aplicación práctica no es uniforme. Añade que Colombia participa en el intercambio automático de información financiera, así que las cuentas en el exterior son visibles. Consulta a un contador o asesor tributario en Colombia antes de mover el primer dólar.

Preguntas frecuentes

¿Se puede tramitar el ITIN desde Colombia sin viajar?

Sí. El formulario W-7 se envía por correo al centro del IRS en Austin, Texas, o se tramita con un Certifying Acceptance Agent autorizado por el IRS. Ninguna de las dos vías exige que estés en Estados Unidos, y tampoco se necesita visa.

¿Sirve una copia del pasaporte autenticada en notaría colombiana?

No. El IRS solo acepta el pasaporte original o una copia certificada por la autoridad que lo emitió, que en Colombia es la Cancillería. Una autenticación en notaría no cumple el requisito y hace que devuelvan el expediente.

¿Puedo usar la cédula de ciudadanía en lugar del pasaporte?

El pasaporte es el único documento que por sí solo acredita identidad y nacionalidad extranjera ante el IRS. Con otros documentos se requieren combinaciones de dos o más, con reglas de certificación igual de estrictas. En la práctica se usa pasaporte.

¿Necesito el ITIN para abrir la cuenta bancaria de mi LLC?

No. Para la cuenta empresarial basta el EIN, los documentos de constitución de la LLC y tu pasaporte. El ITIN se necesita después, sobre todo para tarjetas de crédito personales y para declaraciones fiscales personales en Estados Unidos cuando corresponden.

¿Tener ITIN me genera obligaciones ante la DIAN?

El ITIN por sí solo no genera obligaciones en Colombia. Lo que puede generarlas es la renta que percibas como socio de una entidad estadounidense, las cuentas que mantengas en el exterior y el régimen cambiario aplicable a tus operaciones. Las reglas sobre entidades extranjeras, activos en el exterior y canalización de divisas tienen matices, así que consulta a un contador colombiano antes de operar.

¿Eres un buen caso?

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Aviso: Este artículo tiene carácter educativo y se basa en la experiencia práctica de ayudar a fundadores no estadounidenses a entrar en el sistema financiero de Estados Unidos. No es asesoría legal, tributaria ni financiera. Las normas del IRS, la legislación de los estados de EE.UU. y las políticas de las entidades financieras cambian. Consulta a un profesional habilitado en tu país, y también a un CPA o a un abogado con licencia en Estados Unidos, antes de tomar cualquier decisión.