ImpuestosÚltima actualización: 20 de agosto de 2026Founders Credit

Formulario 5472: la obligación más cara del paquete

De todo lo que hay que saber al abrir una LLC estadounidense siendo mexicano, esto es lo que más caro sale ignorar. No es un impuesto, es un formulario informativo. Y aun así la sanción por no presentarlo arranca en 25.000 dólares por ejercicio, sin importar si tu empresa facturó un millón o exactamente nada.

25.000
Dólares: punto de partida de la sanción
Por formulario y por ejercicio, con adicionales si persiste
1120
El formulario parcial que lo acompaña
Aunque la LLC sea fiscalmente transparente
0 USD
Facturación mínima que te libera de presentarlo
No existe umbral de actividad

Qué es y por qué te toca

El 5472 es una declaración informativa que el IRS usa para tener visibilidad de las operaciones entre una entidad estadounidense y sus dueños o partes relacionadas en el extranjero. Existe desde hace décadas para empresas grandes, pero a partir de 2017 el alcance se amplió a las LLC de un solo socio con dueño extranjero, que hasta entonces prácticamente no reportaban nada.

Ahí está la trampa que sorprende a casi todos los fundadores mexicanos. Tu LLC de socio único es, para el IRS, una entidad ignorada: no presenta declaración propia de renta, el resultado se te atribuye a ti. La conclusión intuitiva sería que entonces no presenta nada. Es al revés. Precisamente por ser ignorada y tener dueño extranjero, se le exige presentar el 5472 acompañado de un 1120 parcial, que es un formulario de sociedades llenado solo en su parte de identificación. Un formulario de un tipo de empresa que tú no eres, anexo a un informe que sí debes.

Qué se reporta

Operaciones reportables entre la LLC y su dueño extranjero o partes relacionadas. En un negocio pequeño eso incluye cosas que no pensarías declarar:

Por eso «no facturé nada» casi nunca alcanza como excusa. Si abriste la LLC, aportaste capital y abriste cuenta bancaria, ya hay operaciones reportables. La obligación depende de que existan esas operaciones, no de que hayas tenido ingresos, y el criterio prudente para una LLC operativa o con cuenta abierta es presentar siempre. Si tu caso es una LLC totalmente inactiva y sin ningún movimiento con partes relacionadas, revísalo con un CPA en lugar de asumir que estás libre.

Plazos y forma de presentación

El 5472 se presenta junto al 1120 parcial, en el plazo que corresponde al 1120. Para una LLC con ejercicio cerrado el 31 de diciembre, eso suele caer a mediados de abril del año siguiente, y se puede solicitar prórroga con el formulario 7004. Los plazos exactos varían según el año y el tipo de ejercicio, así que confírmalos en lugar de anotarlos de memoria.

La vía de presentación tiene sus particularidades: este paquete no siempre se puede enviar por los canales electrónicos habituales, y con frecuencia se remite por correo o fax al centro del IRS que corresponda. Otro motivo para que lo maneje un CPA con experiencia en dueños extranjeros y no un software genérico de declaraciones.

Por qué no importa lo que pase en México

Esta parte genera confusión, sobre todo porque México sí tiene convenio con Estados Unidos y mucha gente asume que eso cambia las obligaciones informativas. No las cambia. El 5472 no depende de tu residencia fiscal, ni del convenio, ni de lo que declares ante el SAT. Se activa por la estructura: una entidad estadounidense de un solo socio con dueño extranjero. Punto. Vivas en Ciudad de México, en Querétaro o en Barcelona, la obligación es la misma.

Tampoco funciona al contrario: presentar el 5472 no te da nada frente al SAT ni sustituye ninguna obligación mexicana. Son dos carriles independientes. Cómo se califica en México la renta de una LLC transparente, si aplican las reglas sobre entidades extranjeras transparentes o sobre regímenes fiscales preferentes y qué información sobre cuentas en el exterior debes presentar son cuestiones con matices reales y criterios que no son uniformes. Consulta a un contador local para el lado mexicano, y a un CPA estadounidense para este formulario. No son el mismo profesional.

El orden correcto de todo el paquete

El 5472 es el último eslabón cronológico pero conviene presupuestarlo desde el primer día, porque llega todos los años y sin aviso. Antes vienen la constitución de la LLC y la elección del estado, en este artículo, el EIN, en esta guía, y la cuenta bancaria empresarial, en este otro. Ninguno de esos pasos elimina la obligación anual de informar.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar el 5472 si mi LLC no facturó nada?

En la práctica sí, y el criterio prudente es presentarlo siempre. La obligación se activa cuando existen operaciones reportables entre la LLC y su dueño extranjero o partes relacionadas, y la aportación inicial de capital o cualquier movimiento de fondos entre tú y la empresa ya suele calificar. Una LLC sin ingresos pero con cuenta bancaria abierta y capital aportado normalmente queda obligada.

¿De cuánto es la multa?

La sanción por no presentar el formulario 5472 en tiempo, o por presentarlo incompleto, parte de 25.000 dólares por formulario y por ejercicio, con sanciones adicionales si el incumplimiento continúa después de una notificación del IRS. No es proporcional a tu facturación.

¿Esto tiene que ver con el SAT?

No. El 5472 es una obligación informativa ante el IRS que existe por la estructura de la LLC y por tu condición de dueño extranjero. Es independiente de lo que declares en México. Cumplir en Estados Unidos no resuelve tus obligaciones mexicanas, y viceversa.

¿Cuándo se presenta?

Acompaña a un formulario 1120 parcial y se presenta en el plazo del 1120, que para un ejercicio cerrado el 31 de diciembre suele ser a mediados de abril del año siguiente. Se puede pedir prórroga con el formulario 7004. Los plazos concretos cambian según el año y el tipo de ejercicio, confírmalos con un CPA.

¿Lo puedo presentar yo mismo?

Técnicamente sí, pero el margen de error es caro. El 1120 parcial se presenta de forma distinta a una declaración normal y las operaciones reportables tienen que clasificarse bien. Por unos cientos de dólares de honorarios frente a una sanción que parte de 25.000, es el trámite menos aconsejable para hacer solo.

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Aviso: Este artículo tiene carácter educativo y se basa en la experiencia práctica de ayudar a fundadores no estadounidenses a entrar en el sistema financiero de Estados Unidos. No es asesoramiento legal, fiscal ni financiero. Las normas del IRS, la legislación de los estados de EE.UU. y las políticas de las entidades financieras cambian. Consulta a un profesional colegiado en tu país, y también a un CPA o a un abogado con licencia en Estados Unidos, antes de tomar cualquier decisión.